despido indirecto o autodespido

Autodespido o despido indirecto en Chile

ASPECTOS GENERALES

Lo usual es que el empleador ponga término a la relación laboral a través de un despido, o un trabajador lo haga en virtu de la renuncia voluntaria. Pero, existe una forma alternativa para terminar la relación laboral que permite al trabajador cobrar las prestaciones de su finiquito.

Qué es un autodespido o despido indirecto

El autodespido o también llamado despido indirecto, es una forma de terminación del contrato de trabajo que vincula el trabajador con el empleador.

Lo usual, es que el termino del contrato de trabajo venga del empleador, sin embargo, en el autodespido o despido indirecto, es el trabajador quien pone término al contrato de trabajo por alguna causa legal.

¿Cuándo procede un despido indirecto?

Cómo se dijo anteriormente el autodespido no procede por cualquier motivo. Para que se pueda realizar el procedimiento se debe llevar a cabo un proceso que está establecido en la ley, en virtud del cual se debe alegar una causal legal establecida previamente por el legislador laboral.

Las causales o hipótesis en las cuales se puede fundar un autodespido o despido indirecto son aquellas causales de carácter disciplinario contenidos en el artículo 160 del código del trabajo números 1, 5 y 7, es decir: falta de probidad, conductas de acoso sexual del empleador hacia el trabajador o trabajadora, vías de hecho (se está refiriendo la ley a agresiones de carácter físico, golpes peleas heridas provocadas de una persona a otra), conductas inmorales, conductas de acoso laboral e incumplimiento grave del contrato de trabajo.

¿Autodespido y renuncia son los mismo?

El autodespido o despido indirecto y la renuncia no son lo mismo.

En el autodespido o despido indirecto, el trabajador eventualmente si podría tener derecho a percibir las indemnizaciones de años de servicio y sustitutiva de aviso previo junto algunos recargos legales en caso que gane el juicio.

En cambio si presenta una renuncia solamente tendrá derecho a percibir sus remuneraciones pendientes y el feriado legal acumulado.

Tabla comparativa entre renuncia voluntaria y el autodespido o despido indirecto

Derechos del trabajadorRenunciaAutodespido
¿Procede pago de años de servicios?NoSi se acoge la demanda, si
¿Procede pago de años de la indemnización sustitutiva de aviso previo?NoSi se acoge la demanda, si
Nulidad del despido o ley BustosNoSi se acoge la demanda, si
Compensación de Fuero sindicalNoSi se acoge la demanda, podría ser
Compensación de fuero maternalNoSi se acoge la demanda, podría ser
¿Procede cobro de feriado legal y proporcional?SiempreSiempre
¿Procede cobro de remuneraciones, semana corrida yo comisiones pendientes?SiSi
Paralelo de indemnizaciones laborales entre renuncia y el despido indirecto.

Cómo hacer un juicio laboral de autodespido o despido indirecto. Paso a paso.

Trámites previos administrativos.

El autodespido se encuentra reglamentado en el Código del Trabajo, donde se especifica que debe seguir un procedimiento legal, cuya inobservancia traerá como aparejado que se entenderá legalmente, que el contrato terminó por renuncia del trabajador.

En cuanto al procedimiento para gestionar el autodespido o despido indirecto, la ley traspasa al trabajador las mismas formalidades de un despido que exige al empleador:

  • Debe redactar una carta donde contenga los hechos en que se funda el autodespido y enviarla por carta certificada de Correos de Chile.
  • Ingresarla a la Dirección del Trabajo.

Contenido de la carta de autodespido

La carta de autodespido debe contener menciones legales precisas; su ausencia o defectos pueden llevar al rechazo de la demanda, estimando que terminó por renuncia.

Para evitar problemas legales, te instamos a confiar la redacción de la carta de autodespido a un abogado laboralista especialista en derecho laboral.


La carta de autodespido debe tener dos menciones importantes: Fundamentos de hecho y fundamentos de derecho.

Los hechos son las motivaciones llevan al trabajador a poner término al contrato de trabajo. Sin embargo, aclaramos, que no cualquier hecho es suficiente para seguir este procedimiento, razón por la cual sugerimos ampliamente contratar un abogado especialista en autodespidos.

Como segundo requisito que debe contener la carta de autodespido, debe fundarse en una causa legal. Es así, que como explicamos anteriormente, el despido indirecto debe fundarse en una causa legal, las cuales ya hemos referido.

Envío de la carta de autodespido por carta certificada a través de Correos de Chile

La parte administrativa, además de la carta de autodespido, consta de un proceso de notificación de la carta de despido indirecto. La ley obliga al trabajador a enviar la referida carta al empleador. El correo certificado debe enviarse no más allá de 3 días hábiles posteriores a la terminación indicada en el contrato de trabajo.

De no enviarlo a tiempo, existe un alto riesgo que se rechace la demanda y pierdas tus indemnizaciones.

Ingreso de la carta de autodespido a la Dirección del Trabajo y consideración previa antes seguir a la etapa judicial.

Al igual que el requisito anterior, una copia de la referida carta debe ser dejada por el trabajador en la Inspección del Trabajo.

En caso de no cumplir con este requisito, hay alto riesgo de rechazo de la demanda laboral de despido indirecto.

Finalmente, dependiendo del monto que se vaya a demandar, variará el procedimiento, y por ende los plazos involucrados.

Etapa judicial: Presentación de demanda laboral de despido indirecto

Esta es la segunda etapa, la cual consiste en presentar la demanda de despido indirecto a través de un abogado laboralista.

Dependiendo del caso y del tribunal donde se tramite el juicio, los plazos pueden ir variando según la carga del tribunal.

Indemnizaciones o montos que se pueden solicitar en la demanda de autodespido

Las indemnizaciones que pueden solicitar son las que se cobran en un finiquito: años de servicios, sustitutiva de aviso previo, feriado, remuneraciones, etc.

Además de lo anterior, es posible agregar otras indemnizaciones tales como: recargo de los años de servicio, comisiones, etc.

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