Defensa de Derechos del Trabajador

Guía Completa sobre Despido Injustificado 2026

Conoce tus derechos, plazos y cómo actuar frente a un despido injustificado para asegurar la indemnización que te corresponde.

Abogado experto en despido injustificado Chile - Cálculo de indemnización y defensa laboral

Despido Injustificado en Chile: Guía Definitiva 2026

En Chile, el empleador no tiene libertad absoluta para despedir. A diferencia de otros países, aquí rige la estabilidad relativa en el empleo. Esto significa que para desvincularte, la empresa debe invocar una causal legal específica del Código del Trabajo y, además, debe probarla.

Si la causal es falsa, está mal aplicada o no se pueden probar los hechos, el despido es declarado injustificado, indebido o improcedente. Esto no te devuelve el trabajo (salvo excepciones como fuero), pero activa el pago de indemnizaciones con recargos que pueden aumentar tu finiquito entre un 30% y un 100%.

⚠️ Dato Clave: Tienes un plazo fatal de 60 días hábiles para demandar desde que te despiden. Si se te pasa el plazo, pierdes el derecho a indemnización.

1. ¿Qué es realmente el despido injustificado?

Coloquialmente le decimos "injustificado" a todo despido que consideramos arbitrario, pero la ley hace distinciones técnicas importantes que afectan cuánto dinero puedes recibir.

Un despido se vuelve cuestionable cuando:

  • Falta de Causal: Te despiden "porque sí", sin carta o verbalmente.
  • Hechos Falsos: Te acusan de algo que no hiciste (ej: robo, inasistencia) para no pagar indemnización.
  • Necesidades de la Empresa Falsas: Te despiden por "reestructuración" pero al día siguiente contratan a tu reemplazo.
  • Errores de Forma: Carta de despido sin hechos concretos, mal enviada o fuera de plazo.

El Código del Trabajo agrupa las razones para terminar un contrato en tres artículos clave. Tu carta de despido debe citar obligatoriamente uno de estos.

A. Causales Objetivas (Artículo 159)

Son razones "externas" o naturales. Las más comunes son:

  • Mutuo Acuerdo: Ambas partes deciden terminar. Ojo: debe ser voluntario. Si te obligan a firmar, es un despido encubierto.
  • Renuncia Voluntaria: Debes avisar con 30 días, aunque si no lo haces, el empleador igual debe pagarte tus días trabajados y vacaciones.
  • Vencimiento del Plazo: Se acabó tu contrato a plazo fijo. Pero cuidado: si sigues trabajando después de la fecha, o si te renovaron más de dos veces, pasas a ser indefinido automáticamente.

B. Causales Disciplinarias (Artículo 160)

Son las más graves. Aquí NO te pagan indemnización por años de servicio. El empleador te acusa de una falta grave:

  • Falta de Probidad: Robo, hurto, falsificación. Requiere pruebas contundentes.
  • No concurrencia (Inasistencia): Faltar 2 días seguidos, 2 lunes en el mes o 3 días totales en el mes sin justificación.
  • Incumplimiento Grave del Contrato: La "causal comodín". Debe ser realmente grave, no basta un error menor.
  • Abandono del trabajo: Salir intempestivamente en horario laboral.

C. Necesidades de la Empresa (Artículo 161)

Es la más usada y la más demandada. Permite despedir por cambios económicos o tecnológicos, pero exige pagar indemnización por años de servicio.

El problema: Muchas empresas la usan mal. Invocan "bajas ventas" para despedir a alguien que les cae mal. Si no pueden probar esa necesidad económica objetiva en el juicio, el despido es improcedente y deben pagar un 30% extra.

3. Los Recargos: ¿Cuánto más te deben pagar?

Si el juez determina que el despido estuvo mal hecho, condena a la empresa a pagar tu indemnización por años de servicio AUMENTADA en un porcentaje (recargo legal Art. 168).

Causal Invocada Calificación Judicial Recargo Extra
Necesidades de la Empresa (Art. 161) Improcedente +30%
Causales Objetivas (Art. 159) Injustificada +50%
Inasistencia / Incumplimiento (Art. 160) Indebida +80%
Falta de Probidad / Acoso (Art. 160) Carente de motivo plausible +100%

*El recargo del 80% es muy común cuando el empleador intenta ahorrar dinero acusándote de "incumplimiento de contrato" sin tener pruebas reales.

4. Cálculo Real: Ejemplo Numérico

Veamos cuánto dinero significa esto en la realidad. Supongamos el siguiente caso:

Caso de Ejemplo:

  • Sueldo: $1.500.000
  • Antigüedad: 5 años y 8 meses (se aproxima a 6 años)
  • Causal: Necesidades de la Empresa (Despido Improcedente)
Indemnización Años de Servicio (6 sueldos): $9.000.000
Aviso Previo (1 sueldo, si no avisaron): $1.500.000
Recargo Legal (+30% sobre años servicio): $2.700.000
Vacaciones Proporcionales (ejemplo): $500.000
TOTAL A PAGAR: $13.700.000

Si este trabajador hubiera aceptado el despido sin demandar, habría perdido el recargo de $2.700.000. Y si el empleador además descontó el Seguro de Cesantía (AFC), podría recuperar otro monto importante (ver sección jurisprudencia).

¿Quieres calcular tu caso exacto? Usa nuestra Calculadora de Finiquito 2026.

5. Finiquito y Reserva de Derechos: Tu Salvavidas

Muchos trabajadores creen que si firman el finiquito ya no pueden demandar. Eso es falso, PERO tiene un requisito.

Para poder recibir tu dinero (vacaciones, sueldos pendientes) y A LA VEZ demandar por el despido injustificado, debes escribir de tu puño y letra (o en el recuadro digital del portal Mi DT) una Reserva de Derechos.

Texto exacto para copiar:

"Me reservo el derecho a demandar judicialmente por despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad del despido, cobro de prestaciones laborales, horas extras adeudadas y la devolución del descuento del seguro de cesantía (AFC)."

¡Cuidado! No sirve poner solo "me reservo derechos". Debe ser específico. Si firmas sin escribir esto, pierdes la oportunidad de demandar.

6. El Juicio Laboral: ¿Cómo funciona?

No le tengas miedo al juicio. En Chile, los tribunales laborales son pro-trabajador si tienes la razón. El proceso es así:

  1. Demanda: Tu abogado la presenta en el tribunal.
  2. Audiencia Preparatoria (aprox. 30-40 días): El juez llama a conciliación. El 70% de los casos se cierran aquí con un acuerdo monetario rápido.
  3. Juicio (si no hay acuerdo): Se presentan testigos y pruebas.
  4. Sentencia: El juez decide y ordena el pago.

7. Nulidad del Despido (Ley Bustos)

Si al momento de despedirte, tu empleador te debía cotizaciones (AFP, Salud o AFC), el despido es NULO.

¿Qué significa esto? Que aunque ya no trabajes, te deben seguir pagando el sueldo mes a mes hasta que paguen toda la deuda previsional y te envíen una carta certificada avisando el pago. Es una sanción gravísima para la empresa.

8. ¿Y si yo quiero irme? (Autodespido)

Si tu empleador no paga sueldos, te maltrata o incumple el contrato, puedes "autodespedirte". Esto te permite renunciar pero cobrando todas las indemnizaciones como si te hubieran echado.

👉 Lee nuestra guía completa sobre Autodespido aquí.

9. Jurisprudencia 2024-2025: El Descuento AFC

Cuando te despiden por "Necesidades de la Empresa", la ley permite al empleador descontar de tu indemnización lo que él aportó a tu Seguro de Cesantía.

Buena noticia: La Corte Suprema ha fallado reiteradamente que si el despido es declarado injustificado, ese descuento es ilegal y te lo deben devolver. Hablamos de montos que pueden superar el millón de pesos.

Conclusión: No regales tu dinero

El despido es un momento difícil, pero la ley te protege. No aceptes montos menores ni firmes finiquitos sin asesoría.

En AbogadoChacon.cl trabajamos "contra resultado". Esto significa que evaluamos tu caso gratis y, si tomamos tu defensa, solo cobramos un porcentaje de lo que ganemos al final. Si no ganas, no pagas.

Preguntas Frecuentes sobre Despido

1. ¿Qué es exactamente un despido injustificado?

Ocurre cuando el empleador te despide sin invocar una causal legal, usando una causal falsa, o sin probar los hechos. También incluye despidos verbales o sin carta de aviso.

2. ¿Puede un empleador despedirme verbalmente?

No. La ley exige carta escrita. Si te despiden de palabra, debes ir de inmediato a la Inspección del Trabajo a dejar constancia, o el empleador podría acusarte de abandono de trabajo.

3. ¿Qué hago si no me dejan entrar a trabajar?

Es un despido verbal de facto. Ve inmediatamente a la Inspección del Trabajo y deja una constancia de que te impidieron el ingreso. Luego contáctanos para demandar.

4. ¿Cuál es el plazo exacto para demandar?

60 días hábiles (lunes a sábado) desde el despido. Si reclamas en la Inspección, el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles totales.

5. ¿Qué es la "reserva de derechos" y cómo se hace?

Es una frase que escribes en el finiquito antes de firmar ("Me reservo derecho a demandar..."). Sin ella, no puedes reclamar nada después. Debe ser específica.

6. ¿Puedo demandar si ya firmé el finiquito?

Solo si escribiste la Reserva de Derechos. Si firmaste "limpio", es casi imposible ganar el juicio, salvo vicios graves del consentimiento.

7. ¿Me pueden despedir con licencia médica?

No por "Necesidades de la Empresa" (Art. 161). Es ilegal. Sí podrían por causales disciplinarias graves (Art. 160), pero es riesgoso para ellos.

8. ¿Cómo se calcula la indemnización por años de servicio?

30 días de tu última remuneración por cada año trabajado y fracción superior a 6 meses. Tope: 11 años y 90 UF de sueldo base.

9. ¿Qué son los "recargos" en la indemnización?

Son multas al empleador que van a tu bolsillo: 30% si mintieron en "necesidades de la empresa", 50% si no hubo causal, 80% si te acusaron falsamente de incumplimiento.

10. ¿Qué pasa si no pagaron mis cotizaciones?

El despido es NULO (Ley Bustos). Deben pagarte el sueldo completo mes a mes hasta que paguen toda la deuda previsional.

11. ¿Qué es la indemnización sustitutiva del aviso previo?

Si te echan "hoy mismo" sin avisarte con 30 días de anticipación, deben pagarte 1 mes extra de sueldo.

12. Me acusan de robo o falta grave, ¿qué hago?

No firmes aceptando los hechos. Exige pruebas. Si no pueden probarlo en juicio, ganas el recargo del 80% o 100% y limpias tu imagen.

13. Contrataron a mi reemplazo al día siguiente, ¿sirve de prueba?

Sí, es la prueba reina de que no había "necesidades de la empresa" reales. El despido será declarado improcedente.

14. ¿Qué es el autodespido?

Es cuando TÚ pones término al contrato porque el empleador incumple (no paga sueldo, acoso, etc.). Cobras indemnizaciones como si te hubieran echado.

15. ¿Qué documentos debo guardar?

Contrato, anexos, liquidaciones de sueldo, carta de despido, correos electrónicos, Whatsapp de jefes y certificado de cotizaciones.

16. ¿Me pueden despedir por tener deudas (DICOM)?

No. Es discriminatorio y atenta contra tu vida privada. Sería un despido injustificado y posiblemente vulneratorio de derechos.

17. ¿Cuánto dura un juicio laboral?

Entre 4 a 8 meses en promedio. Muchos casos se cierran antes (en 30-40 días) por acuerdo en la primera audiencia.

18. ¿Qué es la "Tutela Laboral"?

Un juicio especial cuando el despido viola derechos fundamentales (discriminación, represalia). Paga una indemnización extra de 6 a 11 sueldos.

19. ¿Me devuelven el descuento del Seguro de Cesantía?

Sí. Si ganas el juicio por despido injustificado, el juez ordenará que te devuelvan lo que te descontaron del finiquito.

20. ¿Cuánto cobra un abogado?

En laboral trabajamos "a éxito". No pagas nada al inicio. Solo si ganamos, cobramos un porcentaje (20-30%) de lo obtenido.

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Referencias Legales Oficiales

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